ABC.com reporta que la empresa GAP ha utilizado menores de edad en una de sus líneas de producción en India.
El tema del trabajo de menores debe ser analizado con prudencia y raciocinio. La separación de términos, condiciones y circunstancias son cruciales en un tema tan cargado de emociones como este. Una cosa es el trabajo de menores de edad y otra cosa es la explotación laboral de menores de edad.
El trabajo de menores de edad implica una situación regulada legalmente donde personas consideradas por este sistema como menores de edad por circunstancias de desarrollo físico y mental, realizan labores por las cuáles reciben una remuneración.
La explotación laboral de menores de edad es diferente y se caracteriza por ser una situación no regulada legalmente donde personas consideradas por este sistema como menores de edad por circunstancias de desarrollo físico y mental, son sometidas en condiciones de esclavitud a realizar labores por las cuáles no reciben una remuneración o una prácticamente simbólica.
La primera se caracteriza por la regulación y la remuneración. Es saludable y enseña a personas menores de edad a valorar el fruto de su esfuerzo, sirviendo como herramienta para futuros profesionales productivos.
La segunda se caracteriza por la informalidad, el aprovechamiento y utilización de personas con una capacidad cognitiva y volitiva menor, la esclavitud y la poca transparencia.
La situación de GAP se asemeja a esta segunda categoría y por eso la considero indebida, reprochable y castigable por el sistema legal e idealmente internamente en la empresa. Si esta empresa u otra utilizara la primera categoría, me parece debido, irreprochable y no debe ser castigada por el sistema legal ni a lo interno de la empresa.
Alejandro Beeche Van der Laat
El tema del trabajo de menores debe ser analizado con prudencia y raciocinio. La separación de términos, condiciones y circunstancias son cruciales en un tema tan cargado de emociones como este. Una cosa es el trabajo de menores de edad y otra cosa es la explotación laboral de menores de edad.
El trabajo de menores de edad implica una situación regulada legalmente donde personas consideradas por este sistema como menores de edad por circunstancias de desarrollo físico y mental, realizan labores por las cuáles reciben una remuneración.
La explotación laboral de menores de edad es diferente y se caracteriza por ser una situación no regulada legalmente donde personas consideradas por este sistema como menores de edad por circunstancias de desarrollo físico y mental, son sometidas en condiciones de esclavitud a realizar labores por las cuáles no reciben una remuneración o una prácticamente simbólica.
La primera se caracteriza por la regulación y la remuneración. Es saludable y enseña a personas menores de edad a valorar el fruto de su esfuerzo, sirviendo como herramienta para futuros profesionales productivos.
La segunda se caracteriza por la informalidad, el aprovechamiento y utilización de personas con una capacidad cognitiva y volitiva menor, la esclavitud y la poca transparencia.
La situación de GAP se asemeja a esta segunda categoría y por eso la considero indebida, reprochable y castigable por el sistema legal e idealmente internamente en la empresa. Si esta empresa u otra utilizara la primera categoría, me parece debido, irreprochable y no debe ser castigada por el sistema legal ni a lo interno de la empresa.
Alejandro Beeche Van der Laat
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